REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
204º y 155º


ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICA


En el día de hoy, miércoles (24) de septiembre del año 2014, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la continuación de la audiencia de juicio oral y pública, en la causa signada con el Nº EP11-L-2013-000184, contentiva del juicio por Accidente de Trabajo y Enfermedad Ocupacional, incoado por el ciudadano EDUVIGIS JOSE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-4.931.472, contra la empresa PDVSA PETROLEO S.A,. Se constituye este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por el Juez, Abg. Yorkis Delgado, la secretaria, Abg. Karelys Frías y el Alguacil Antonio Camacaro, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Jhonny Azuaje. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia de la partes, dejándose constancia que se encuentra presente en la sala de audiencias la abogada Analía Josefina Centeno, inscrita en el Inpreabogado con el N° 64.720, quien comparece como representante judicial de la parte demandada, igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. A continuación, el Juez le concede el derecho de palabra a la abogada Analía Josefina Centeno, antes identificada, por un lapso de diez (10) minutos, para que expusiera sus alegatos, quien hizo una breve intervención consignando en el acto copia fotostatica de poder que acredita su representación a los fines de que sea agregado al expediente con su original para su confrontación a efecto videndi, constante de tres (03) folios útiles. Acto seguido el ciudadano Juez establece: vista la incomparecencia de la parte demandante, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, término, se leyó y conformes firman:



El Juez,

Abg. Yorkis Delgado.


El apoderado judicial de la parte demandada,


Abg. Analía Josefina Centeno


El Técnico Audiovisual,


Jhonny Azuaje.

El Alguacil,


Antonio Camacaro.

La Secretaria,


Abg. Karelys Frías Aldana.