REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO
Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 25 de septiembre de 2014
203° y 155°
Visto el escrito de informes presentado en esta misma fecha, por el abogado: Osmar Asteri Cuevas Camacho, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 32.682, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana: María Cecilia Estrada Machado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V-3.834.029, parte demandada en la presente causa, constante de un (1) folio útil, se acuerda agregarlo al expediente respectivo.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En esta misma fecha 25-09-2014, se agregó. Conste.
La Scria.,
Expediente n° 14-3697-C.P.
REQA/ANG/sofíasl.-
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 25 de septiembre de 2014
204° y 155°
Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, 25-09-2014, han concluido las horas de Despacho para la presentación de los informes y se observa que sólo la parte demandada hizo uso de tal derecho, se deja constancia que a partir de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve.
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
Expediente n° 14-3697-C.P.
REQA/ANG/Sofíasl.-