REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 14 de Abril de 2015.
204º y 156º
Visto el escrito de Solicitud de Titulo Supletorio presentado el 06/04/2015, por los ciudadanos: MARCO TULIO ALMEIDA y MARGARITA ALARCON DE ALMEIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.642.028 y V-4.954.097, asistido por la abogada en ejercicio MARGARITA ALARCON DE ALMEIDA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 121.165, quien además actúa en su propio nombre y representación, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, ADMITE la solicitud de “JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA”, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de INSPECCION JUDICIAL, en el predio denominado “La Esperanza”, ubicado en el sector Pedraza la Vieja, jurisdicción de la Parroquia José Ignacio del Pumar, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, la cual se fija para el día Martes cinco (05) de Mayo de 2015, a las Ocho y treinta minutos de la mañana, (8:30am). En tal sentido, se hace saber que el práctico que acompañe al Tribunal será juramentado en la oportunidad del traslado en cuestión. Por último, se acuerda oficiar al ingeniero José Domingo Duque, a los fines de que funja como practico en la oportunidad de la práctica de la Inspección Judicial y a la Dirección Administrativa Regional Barinas a los fines de que sea asignado un vehiculo con su respectivo chofer para el traslado de esta Instancia Agraria. Líbrense oficios.
EL JUEZ,
Abg. ORLANDO CONTRERAS LOPEZ.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
Abg. LUIS FERNANDO DIAZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
Abg. LUIS FERNANDO DIAZ.
Sol: 2015-0.122
OCL/LD/SM