REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 14 de Abril de 2.015
204° y 156º
De una revisión exhaustiva efectuada a las actas de la presente causa se observa que en fecha 12/03/2015, se practico Inspección Judicial de oficio, en la cual se concedió un lapso de cinco (05) días para que los funcionarios adscritos a la Oficina Regional de Tierras del Estado Barinas, Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras Seccional Barinas y Fiscalía del Llano, consignaran sus respectivos informes con relación a la Inspección practicada, ahora bien, consta del folio 257 al 260 informe presentado por la Fiscalía del Llano del Estado Barinas, igualmente consta desde el folio 271 al 277, informe presentado por el funcionario del Ministerio del Pode Popular para la Agricultura y Tierras, en este sentido, es de observar que en fecha 23 de marzo de 2015, este Juzgado mediante auto acordó remitir oficio a la Oficina Regional de Tierras instándolo para que consigne el informe respectivo, sin embargo desde esa fecha hasta la presente han transcurrido más de veinte (20) días sin que la Oficina Regional de Tierras consigne el referido informe, en consecuencia, este Jugador prescindí del informe por parte de la Oficina Regional de Tierras, y fija al tercer día de despacho siguiente al de hoy para tenga lugar la Audiencia Oral de Informes a las diez de la mañana (10: 00 am).
El Juez Provisorio,
Duglas Villamizar Martínez.
El Secretario,
Luis Ernesto Díaz Santiago.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
El Secretario,
Luis Ernesto Díaz Santiago.
Exp Nº 2015-1316
DVM/LEDS/nrc.-