REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 09 de Abril de 2.015.
205° y 156°


Visto que en fecha 31 de Marzo del 2015, el suscrito Juez de este despacho, se inhibió de continuar el conocimiento de la presente causa, y vencido como se encuentra el lapso establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar a la Jueza Rectora de esta Circunscripción Judicial, a los fines de solicitar que gestione lo conducente por ante la Comisión Judicial para la designación de un suplente para que continué el conocimiento de la presente causa. Para la elaboración de las mencionadas copias se autoriza suficientemente al ciudadano CARLOS EDUARDO VENEGAS ROA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.559.887, Alguacil de este Tribunal. Líbrese Oficio.
El Juez,

Duglas Villamizar Martínez.

El Secretario,

Luís Ernesto Díaz Santiago.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
El Secretario,

Luís Ernesto Díaz Santiago.

Exp. Nº 2012-1196
DVM/LEDS/nrc.-