REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 27 de abril de 2015
Años 205º y 156º

Sent. Nº 15-04-12


Vistas las anteriores actuaciones y la diligencia suscrita en fecha 22 de los corrientes, por la actora ciudadana Helda del Carmen Velásquez Quevedo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.388.403, asistida por su co-apoderado judicial abogado en ejercicio José Petralia Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 166.176, mediante la cual desiste del procedimiento con motivo de la demanda de indemnización por daño moral con ocasión de accidente de tránsito, intentada en contra de la ciudadana Dalis Hortensia Arévalo Valero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.662.668, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y le da valor de cosa juzgada.
La Juez Titular,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria Titular,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. N° 15-10.043-T
fasa