REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal con Competencia en DVM Tribunales de Primera Instancia en funciones de Control, Edo Barinas
Barinas, 17 de agosto de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2014-011096
ASUNTO : EP01-S-2014-011096
AUTO QUE ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL
Visto el escrito presentado por la Fiscala Auxiliar Décima Sexta del Ministerio Público, Abg. Jonniray Teresa Guerrero Arciniegas, por medio del cual informa a este Tribunal de Control, el haber decretado el Archivo de las actuaciones en la causa Fiscal N° MP-525615-2014, seguida contra el imputado JEAN CARLOS PEREZ GIL Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.772.900, de 28 años de edad, nacido en fecha 23/05/86, natural de Barinas, hijo de Carmen Gil (V) y de Pablo Pérez (V), ocupación u oficio Mecánico, residenciado: Libertad de Barinas, Barrio ciudad Zamora, calle simoncito, casa S/N de tablas diagonal a un simoncito que esta en construcción, teléfonos 0426-7292416 y 0416-9704285, a quien se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 en relación al articulo 65 numeral 1º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA DANIELA CARMONA MEDINA. De conformidad con la Sentencia del 21/03/11, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremos de Justicia con ponencia del Magistrado Francisco Carrasquero que permite la imputación fiscal en sede Jurisdiccional, sin perjuicio de su reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Ahora bien, este Tribunal en el ejercicio de su potestad de control judicial de la investigación penal hace necesario las siguientes observaciones:
UNICO
Es importante resaltar que el Archivo Fiscal corresponde al desenvolvimiento de la fase preparatoria del procedimiento especial previsto en el artículo 79 y siguientes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que se establece el lapso de cuatro (04) meses para culminar la investigación a la representación fiscal como órgano encargado de ejercer la acción penal en nombre del Estado Venezolano, mas el lapso de prorroga que haya podido ser otorgado, previsto en el artículo 106 de la precitada Ley Especial de Género, en el cual se concluye con uno de los actos conclusivos que el legislador ha dispuesto taxativamente en el Código Adjetivo Penal; razón por la cual corresponde a este Tribunal de conformidad con el artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETAR el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al investigado de autos ciudadano JEAN CARLOS PEREZ GIL (Datos desconocidos), a quien se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 en relación al articulo 65 numeral 1º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA DANIELA CARMONA MEDINA, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer, así como la condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. No obstante, el Archivo Fiscal decretado aún siendo un acto exclusivo del Ministerio Público, podrá ser revisable por éste Tribunal a solicitud de la victima, sin perjuicio de la reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción conforme a lo establecido en el artículo 298 y 299 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.
Este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le confiere ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL, Decretado por la Fiscalía Décima Sexta Ministerio Público en fecha 30/03/2015, y recibido por ante este Tribunal en fecha 23/04/2015, a favor del Ciudadano JEAN CARLOS PEREZ GIL, se DECRETA EL CESE de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente. Se acuerda notificar a la Victima ciudadana: MARIA DANIELA CARMONA MEDINA, del archivo fiscal decretado. Se acuerda notificar al mencionado ciudadano informándole sobre la presente decisión. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Nº 16 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a los fines de que continúe el curso de ley correspondiente. Actualícese fases y estados en el Sistema Juris 2000. Regístrese, Publíquese, Notifíquese. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Control, Audiencias y Medidas N° 01 en Barinas a los diecisiete (17) días del mes de Agosto de 2015.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01
ABG. CAROL JIZZE CABEZA PEREZ
LA SECRETARIA
ABG. ALEJANDRA NUÑEZ.-