REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 9 de febrero del año 2015
204º y 155º
Por recibido el presente expediente, se le da entrada y el curso legal correspondiente.
Por cuanto se trata de un Recurso de Apelación interpuesto contra una decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva, a partir del presente auto comenzará a computarse los lapsos previstos en los artículos 517, 519 y 520 del Código de Procedimiento Civil, que se contarán por días en los cuales el Tribunal acuerde despachar.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En la misma fecha, se le dio entrada quedando anotado bajo el nº 2015-3749-C.P. Conste.
La Scria.
Expediente nº 2015-3749 -C.P.
REQA/ANG/ana maría