REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 18 de febrero de 2015
Años 204º y 155º

Sent. Nº 05-02-10


Vistas las anteriores actuaciones y la diligencia suscrita en fecha 11 de febrero del año en curso, por la actora ciudadana Dayana Yuriby Moreno Albarrán, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.766.703, asistida por el abogado en ejercicio Jesús Eduardo Lares Sarmiento, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.723, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción con motivo de la demanda de divorcio ordinario fundamentada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, intentada por la mencionada ciudadana en contra del ciudadano Rafael Antonio Zambrano Seijas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.455.261, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y de la acción y le da valor de cosa juzgada.
La Juez Titular,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria Titular,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.


Exp. N° 15-10.018-CF
fasa