Nro. 15-02-05

En horas de despacho del día de hoy, nueve (9) de febrero del año dos mil quince (2015), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el primer (1er) acto conciliatorio en la presente demanda de divorcio ordinario fundamentada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano Enrique Antonio Jordán Aguiar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.514.799, en contra de la ciudadana Marilú Yasmín Mayora Gómez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.496.180, el Alguacil procedió a hacer el anuncio de dicho acto a las puertas del Tribunal, no compareciendo ninguna de las partes.