REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, ocho (08) de Junio de dos mil quince (2015)
205º y 156º

Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L-2015-000061
PARTE ACTORA: JESUS ENRIQUE MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.383.382
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA DE LOS ANGELES BARRIOS MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.907, todo en su orden.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil EDITORIAL SABANA C.A, representada por el ciudadano: ALBERTO SANTELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.196.503.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO MONSALVE, inscritos en el IPSA bajo el Nro. 77.433, todo en su orden.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS:
En el día de hoy lunes, ocho (08) de Junio del año 2015, siendo las nueve de la Mañana (09:00 a.m.), día y hora fijada por este juzgado para que tenga lugar la audiencia preliminar; se deja constancia que hizo acto de presencia el representante legal de la demandada, ALBERTO SANTELIZ, debidamente asistido por su abogado de confianza, el abogado en ejercicio: FERNANDO MONSALVE, ya identificados en autos. Asimismo, se deja expresa constancia que por la parte demandante no hizo acto de presencia el mismo ni apoderado judicial alguno que lo represente. En este sentido, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara desistido el procedimiento y terminado el proceso de conformidad con el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara el desistido el procedimiento y terminado el proceso. Se acuerdan copias certificadas de la presente decisión a la parte demandada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ


Abg. Gustavo Adrián Lindarte

Los Comparecientes;


Representante legal de la demandada

Abogado Asistente de la Demandada

La Secretaria,

Abg. Yoleinis Vera Almarza


En misma fecha se publicó la anterior decisión. Conste.-

La Secretaria,

Abg. Yoleinis Vera Almarza