REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 11 de Marzo de 2.015.
205º y 155º
Visto el escrito de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA, presentada por la ciudadana: BELKIS MODESTA RANGEL GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.268.030, domiciliada en el predio “Las Muñecas”, ubicada en el sector La Ceibita, Parroquia Cuidad Bolivia Pedraza, del Estado Barinas, asistido por la abogada en ejercicio Carmen Amalia Castillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 184.097, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE la solicitud de “JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA”, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de INSPECCION JUDICIAL, en el predio denominado “LAS MUÑECAS”, con una extensión de cincuentas hectáreas, (50 has); con los siguientes linderos, NORTE: Rió Canagua; SUR: Terrenos ocupados por Alexis Ibarra y Humberto Navas; ESTE: Terrenos ocupados por Humberto Navas y OESTE: Terrenos ocupados por Gregorio Quintero; ubicado en el sector las ceibitas, parroquia cuida Bolivia Municipio Pedraza del Estado Barinas; en consecuencia, se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día miércoles ocho (08) de abril de 2.015, a las ocho y treinta minutos de la mañana, (8:30 am). En tal sentido, se hace saber que el práctico que acompañara al Tribunal será juramentado en la oportunidad del traslado en cuestión. Por último, se acuerda oficiar al ingeniero José Domingo Duque, a los fines de que funja como practico de la Inspección Judicial, y a la Dirección Administrativa Regional Barinas a los fines de que sea asignado un vehiculo con su respectivo chofer para el traslado de esta Instancia Agraria, a fin de solicitar su colaboración para que nos asigne dos (02) funcionarios adscritos a esa dependencia para el resguardo del Tribunal. Líbrense oficios.
EL JUEZ,
Abg. ORLANDO CONTRERAS LOPEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. ELIANA JIMENEZ MEZA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.
LA SECRETARIA
Abg. ELIANA JIMENEZ MEZA.
Sol: 2015-0.103;
OCL/EJM/CD