REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 23 de Marzo de 2.015.
204° y 156º

Vista que en fecha 12-03-2015, se les concedió un lapso de Cinco (05) días a los funcionarios de la Fiscalia del Llano, Ministerio de Agricultura y Tierras y a la Oficina Regional de Tierras, a los fines de que presenten su informe correspondiente, y hasta la presente fecha solo ha consignado la Fiscalia del Llano. En consecuencia se ordena librar oficios al Ministerio de Agricultura y Tierras y a la Oficina Regional de Tierras, a los fines de que consigne sus respectivos informes realizados en dicha inspección y una vez que conste la ultima consignación de los Informes, se fija el tercer día de Despacho siguiente a las diez de la mañana (10:00 a.m.) para que se lleve a cabo la audiencia oral y se oirán los informes de las partes. Líbrese oficios.
El Juez Provisorio,


DUGLAS VILLAMIZAR MARTINEZ.
El Secretario,

LUIS ERNESTO DIAZ SANTIAGO.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.

El Secretario,

LUIS ERNESTO DIAZ SANTIAGO.



Exp Nº 2015-1316
DVM/LEDS/nrc.-