REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 19 de Noviembre de 2015
205° y 156°
Visto el escrito de pruebas de fecha 04-11-15, presentado por el abogado ENRIQUE FONT MUSSA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 134.952, en su carácter de defensor ad-litem del ciudadano CARLOS CALLES VILLAR, venezolano, mayor de edad, parte accionada en el presente juicio, el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:
CAPITULO I.
No posee medios probatorios que promover, debido a que no fue posible contactar al demandado, por no existir la dirección del domicilio procesal de éste en la demanda, este Tribunal no lo admite por cuanto dicho capitulo lo que contiene son alegatos de la parte y no un medio probatorio como lo pretende alegar el defensor ad-litem. Y ASI SE DECIDE.-.-
CAPITULO II:
Donde alega que la carga probatoria en este juicio es absolutamente de la parte actora, ya que al negar y contradecir y rechazar cada uno de los hechos contenidos en la demanda, invertí la carga de la prueba, este Tribunal no lo admite por cuanto dicho capitulo lo que contiene son alegatos de la parte y no un medio probatorio como lo pretende alegar el defensor ad-litem. Y ASI SE DECIDE.-



Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
La Juez Titular, ABG. JUAN CARLOS LÓPEZ,
El Secretario.