REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Barinas
Barinas, doce de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO : EH21-V-2015-000136
Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de noviembre de 2015, por el abogado en ejercicio Félix Moisés Rosales García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.364.906, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.075, procediendo en este acto con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano Xavier Medina Vargas, venezolano , mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.133.636, en el juicio de Partición de Comunidad, intentado en contra de los ciudadanos Elynor Beltrán Meneses de Medina, Rafael Alberto Medina Meneses, Iraida Pilar Medina Meneses, Rodrigo Medina Arocha, Mercedes Pilar Medina de López Contreras, Mariano Medina Vargas, Maigulida del Pilar Medina Vargas, Rafael Medina Vargas, Álvaro Medina Vargas y Gladys Medina Vargas de Blonval, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. 92.375, 2.588.791, 2.588.792, 3.190.093, 5.303.357, 3.033.703, 3.590.013, 2.756.179, 1.605.373, 2.756.346, respectivamente, en la cual solicita desistir del presente procedimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por los motivos antes expuestos. Así las cosas, y llenos como se encuentran los extremos a que se refiere el articulo antes mencionado, y facultado como se encuentra el apoderado judicial de la parte actora para desistir del presente procedimiento este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y le da valor de cosa juzgada.
El Juez de Primera Instancia ,
Abg. Enzo Antonio Mejias Díaz
La Secretaria
Abg. Nereyda Belandria Mora
|