REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 04 de Abril de 2016
205º y 156º
Visto el escrito presentado el 28/03/2016, por la abogado en ejercicio: Adriana Arias, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 84.228, en su condición de co-apoderada judicial de los ciudadanos: REBECA HUMILDAD PEREZ DE ALVAREZ, LOURDES PÉREZ BELANDRIA, ANGELA NOEMI PEREZ BELANDRIA y FRAAY PEREZ BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de cedula de identidad Nros V-11.372.305, V-9.987.252, V-9.360.613 y V-8.110.076, en la cual solicita se suspenda la ejecución de la medida y se admita la denuncia por fraude procesal y colusión; ahora bien, esta Instancia Agraria en aras de salvaguardar el debido proceso se abstiene de proveer lo solicitado hasta tanto conste en autos las resultas de la apelación ejercida el 18/02/2016 por el abogado en ejercicio Enmanuel Duran, inscrito en el inpreaabogado bajo el N° 221.074, con el carácter de co-apoderado judicial de los ciudadanos: Rebeca Humildad Pérez De Álvarez, Lourdes Pérez Belandria, Ángela Noemí Pérez Belandria Y Fraay Pérez Belandria y enviada al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas según oficio Nro. 099-2016. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. ORLANDO CONTRERAS LÓPEZ
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS FERNANDO DÍAZ
Exp. A-0.125-15
OC/LD/SM