REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 14 de Abril de 2.016.-
205° y 157°
Sentencia Nº 12
Demandante: BEDOYA F. REINA D.
Demandado: Rojas Pinilla Gelber.
Juicio: Obligación Manutención
Expediente: 16-570
Homologación de Convenimiento de pago
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-570, intentado por: BEDOYA FERNANDEZ REINA DESIRE, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14.783.060, contra el ciudadano: ROJAS PINILLA GELBER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 23.007.807, donde el Obligado: ROJAS PINILLA GELBER, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto y Diciembre una bonificación doble más la mensualidad para un total de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00), para y la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero depositar en una cuenta de ahorro que el Tribunal ordene aperturar. Expone la ciudadana: BEDOYA FERNANDEZ REINA DESIRE: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Gemma Sinai, de 02 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Catorce (14) días del Mes de Abril del Dos Mil Dieciséis. Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA
DRA. NANCY ANGEL VARGAS
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
En fecha: 14-04-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 10:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
NAV/wf
EXP: 16-570
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