Se inicia el presente procedimiento por Acta de Demanda Oral, cuya Pretensión es la Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: MARIA ELENA HERNANDEZ NIETO, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 17.290.984, teléfono 0416-0734672 domiciliada en El Barrio Jesús Alvarado c/c El Estadium al lado de la casa del Pastor Evangélico ciudadano Carlos Meza, n/c 10 de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Rojas del Estado Barinas, a los fines de conciliar en acuerdo la obligación de manutención de su hijo: ISAAC DANIEL ALDANA HERNANDEZ, de dos (02) año de edad. interpuesta contra el padre de su hijo Ciudadano: EGLER JOSE ALDANA SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.118.291, y señalo como su domicilio a los efectos de su citación personal, Comandancia de la Policía Guadarrama del Municipio Arismendi del Estado Barinas, demanda ésta que fue interpuesta en fecha 19 de Enero de 2016, por ante éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, acompañada dicha Acta de Demanda Oral, copia del Registro de Nacimiento marcada con la letra “A”,copia de la cedula de identidad de la madre marcada con la letra “B” y copia de la cedula de identidad del padre “C”. mediante la cual Solicita la Obligación de Manutención por la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00 ), mensuales, adicionalmente la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00) en el mes de agosto para gasto de uniformes y utilices escolares, así mismo solicita la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00) como Bonificación especial de fin de año en el mes de Diciembre para la compra de estrenos de navidad, del mismo modo solicita que el padre de sus hijos suministre el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de médico y medicinas y cualquier otro gasto eventual que se presente debido a su desarrollo integral.-
En fecha 20 de Enero de 2016, fue admitida conforme a derecho la presente pretensión, por no ser contraria al Orden Público, las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 511 de la LOPNA, se ordena citar al Demandado para que comparezca al tercer día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación; se libró oficio de citación al demandado; para la práctica de la misma, se ordena al alguacil de éste Tribunal.-
En fecha 01 de Febrero de 2.016, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de éste Juzgado, donde consigna la boleta de citación firmada por el ciudadano: (Julián Aldana, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.548.666) PADRE del demandado: EGLER JOSE ALDANA SILVA.
Para decidir el Tribunal Observa:

Fue consignado la Copia del Registro de Nacimiento del niño: ISAAC DANIEL ALDANA HERNANDEZ, de dos (02) año de edad, donde se desprende que efectivamente el ciudadano demandado: EGLER JOSE ALDANA SILVA, es el padre de los mismo.-
En fecha 30 de Marzo de 2016 comparecen los ciudadanos: MARIA ELENA HERNANDEZ NIETO y EGLER JOSE ALDANA SILVA, ya identificados convinieron por ante éste Tribunal, en que el padre de los niños pasara las siguientes cantidades como Fijación de Obligación de Manutención, a favor de su hijo ya mencionado:
PRIMERO: Me comprometo como padre de mi hijo antes mencionado a darle la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) mensual como obligación de Manutención y solicito que sea descontado de mi Cuenta Nomina de la Policía del Estado ya que me encuentro agregado como Oficial Agregado (CPEB) de este organismo.- SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año en el mes de Diciembre, para cubrir los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo, me comprometo a darle a mi hijo la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.8.000,00), más la mensualidad de ese mes adicionales, y solicito que sea descontado de mi Cuenta Nomina de la Policía del Estado ya que me encuentro agregado como Oficial Agregado (CPEB) de este organismo.- TERCERO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten para con mi hijo, aportare el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, siempre y cuando la madre me haga llegar los récipes médicos.- CUARTO: También solicito que la cantidades aquí ofrecidas sean descontadas de mi nómina de pago y se ordene la apertura de una cuenta de ahorro para sus depósitos, a partir del mes de Abril del 2016, En cuanto al régimen de convivencia familiar para con mi hijo solicito que sea amplio la ciudadana: MARIA ELENA HERNANDEZ NIETO, plenamente Identificada consigno copia simple de la cuenta corriente aperturada en la entidad financiera Banco Bicentenario del Pueblo – sucursal Santa Rosa, número de cuenta 0175-0225-53-0073581067.