Se inicia el presente procedimiento por Acta de Demanda Oral, cuya Pretensión es la Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: MILITZA NORELYS SEGUERI LANDAETA, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 17.401.541, teléfono 0426-4333609 domiciliada en El Barrio El Playón al final de la avenida sucre vía las cocuizas al frente del Pozo de Oxidación Parroquia Santa Rosa del Municipio Rojas del Estado Barinas, actuando en su carácter de madre y representante legal de sus hijos: ALEXIS MANUEL GALIANO SEGUERI, de doce (12) año de edad y JORGE FERNANDO GALIANO SEGUERI, de ocho (08) años de edad respectivamente, interpuesta contra el padre de sus hijos Ciudadano: ALEXIS MANUEL GALIANO GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.712.973 , número de teléfono 0426-2796053 y señalo como su domicilio a los efectos de su citación personal, a 1.000mts del cementerio de libertad, vía la luz, en casa de la señora Camila González (MADRE), Parroquia Libertad, Municipio Rojas del estado Barinas. Demanda ésta que fue interpuesta en fecha 01 de Marzo de 2016, por ante éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, acompañada dicha Acta de Demanda Oral, copias del Registro de Nacimiento marcada con la letra “A”, “B”, Original de la constancia de estudio marcada con la letra “C, D” y copia de la cedula de
identidad marcada con la letra “E” mediante la cual Solicita la Obligación de Manutención por la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00 ), mensuales, adicionalmente la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00) en el mes de agosto para gasto de uniformes y utilices escolares, así mismo solicita la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00) como Bonificación especial de fin de año en el mes de Diciembre para la compra de estrenos de navidad, del mismo modo solicita que el padre de sus hijos suministre el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de médico y medicinas y cualquier otro gasto eventual que se presente debido a su desarrollo integral.-
En fecha 07 de Marzo de 2016, fue admitida conforme a derecho la presente pretensión, por no ser contraria al Orden Público, las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 511 de la LOPNA, se ordena citar al Demandado para que comparezca al tercer día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación; se libró oficio de citación al demandado; para la práctica de la misma, se ordena al alguacil de éste Tribunal.-
En fecha 05 de Abril de 2.016, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de éste Juzgado, donde consigna la boleta de citación firmada por el demandado: ALEXIS MANUEL GALIANO GONZALEZ.
Para decidir el Tribunal Observa:
Fue consignado la Copia del Registro de Nacimiento Original de los niños: ALEXIS MANUEL GALIANO SEGUERI, de doce (12) año de edad y JORGE FERNANDO GALIANO SEGUERI, de ocho (08) años de edad donde se desprende que efectivamente el ciudadano demandado ALEXIS MANUEL GALIANO GONZALEZ, es el padre de los mismos.-
En fecha 11 de Abril de 2016 comparecen los ciudadanos: MILITZA NORELYS SEGUERI LANDAETA, y ALEXIS MANUEL GALIANO GONZALEZ, ya identificados convinieron por ante éste Tribunal, en que el padre de los niños pasara las siguientes cantidades como Fijación de Obligación de Manutención, a favor de sus hijos ya mencionados:
PRIMERO: Me comprometo como padre de mis dos hijos la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000.00) mensuales para cada uno como obligación de Manutención lo que hace un total de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00) el cual depositare el dinero los quince y ultimo de cada mes, al numero de cuenta que la madre ha suministrado cuenta de ahorro, BancoBicentenario 1750225500060223016. SEGUNDO: Me comprometo como padre de mis hijos
hacerle entrega mensualmente de la bolsa de comida a partir de la presente fecha, el cual soy beneficiario de la bodega patriótica en donde yo vivo, y el día que no obtenga más este beneficio, mi compromiso será aportar una bolsa de mercado mensual comprada con dinero de mi esfuerzo propio. TERCERO: No me comprometo comprarle los zapatos al niño porque donde yo trabajo es poco lo que gano y tengo otros hijos al cual yo le ayudo. Con referencia a la ropa que debía comprarle a mis dos hijos en el mes de diciembre del 2015, hasta la presente fecha no he podido porque no me alcanza el dinero que gano. CUARTO: En cuanto a la bonificación para el mes de agosto en la compra de uniforme, zapatos e útiles escolares, me comprometo a comprarles a mis dos hijos, lo que necesiten ya que es el bienestar de nuestros hijos. QUINTO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año en el mes de Diciembre, para cubrir los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo, si estoy trabajando y me alcanza el dinero me comprometo a comprarles algo de ropa para que estrenen en navidad. SEXTO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten para con mis hijos, aportare el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, siempre y cuando tenga dinero.
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