REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO ACCIDENTAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 20 de Abril de 2.016
205° y 157°

Vencido como se encuentra el lapso establecido en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para dictar sentencia, esta Juzgadora difiere la publicación del fallo por el lapso de treinta (30) días continuos de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto hay exceso de trabajo y causas que sentenciar en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, el cual presido por haber sido designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según Oficio CJ-16-0722, de fecha 04-03-2016, como Jueza Temporal del mencionado Jugado, cuyo lapso comenzara a trascurrir a partir del día de despacho siguiente al de hoy.
La Jueza Accidental,

Náyade Osorio Flores.
El Secretario Accidental,

Luís Ernesto Díaz.






















Exp. Nº 2012-1196
DVM/LEDS/nrc.-