Se inicia el presente procedimiento por Acta de Demanda Oral, cuya Pretensión es la Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: YALVIS MARIELI RUIZ AVENDAÑO, Venezolana, Mayor de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 19.619.455, TELF. 0416-8772577, domiciliada en la Urbanización Vista Hermosa, calle principal M51B4 de la parroquia Palacio Fajardo, del Municipio Rojas del Estado Barinas, actuando en su carácter de madre y representante legal de su hijo: ALVENNY JOSE GUTIERREZ RUIZ, de doce (12) años de edad respectivamente, interpuesta contra el padre de su hijo Ciudadano: ALBINO GUTIERREZ CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.839.030, teléfono 0416-1535064 y señalo como su domicilio a los efectos de su citación 1) En la entrada del Sector de Sabana Grande 800MTS se encuentra la Primera Finca a la izquierda y la dueña es la señora Zenobia Contreras de la parroquia Palacio Fajardo, del Municipio Rojas del Estado Barinas demanda ésta que fue interpuesta en fecha 27 de Julio de 2016, por ante éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, acompañada dicha Acta de Demanda Oral, copia del Registro de Nacimiento marcada con la letra “A” , copia de la cedula de identidad de la madre marcada con la letra “B” copia de la cedula de identidad del niño marcada con la letra “C” y copia de la constancia de estudio del niño marcada con la letra “E” mediante la cual Solicita la Obligación de Manutención por la cantidad de: 1) La suma de OCHO MIL BOLIVARES
(Bs.8.000,00) Mensuales, por concepto de Obligación de Manutención; 2) la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo), en el mes de Agosto, para gastos de uniformes y útiles escolares, para nuestro hijo y la mensualidad correspondiente, 3) En el mes de DICIEMBRE, para la compra de ropa zapatos, (estrenos) de fin de año, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50,000,00) y la mensualidad así mismo solicito se establezca el cincuenta por ciento (50%) de los gastos generados por medicinas y gastos médicos y cualquier otro gasto eventual que se presente debido a su desarrollo integral.-
En fecha 29 de Julio de 2016, fue admitida conforme a derecho la presente pretensión, por no ser contraria al Orden Público, las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 511 de la LOPNA, se ordena citar al Demandado para que comparezca al tercer día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación; se libró oficio de citación al demandado; para la práctica de la misma, se ordena al alguacil de éste Tribunal.-
En fecha 03 de Agosto de 2.016, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de éste Juzgado, donde consigna la boleta de citación firmada por el demandado: ALBINO GUTIERREZ CONTRERAS.
Para decidir el Tribunal Observa:
Fue consignado la Copia del Registro de Nacimiento Original del niño: ALVENNY JOSE GUTIERREZ RUIZ, de doce (12) años de edad respectivamente, donde se desprende que efectivamente el ciudadano demandado ALBINO GUTIERREZ CONTRERAS, es el padre del mismo.-
En fecha 08 de Agosto de 2016 comparecen los ciudadanos: YALVIS MARIELI RUIZ AVENDAÑO y ALBINO GUTIERREZ CONTRERAS, ya identificados convinieron por ante éste Tribunal, en que el padre del niño pasara las siguientes cantidades como Fijación de Obligación de Manutención, a favor de su hijo ya mencionado:
PRIMERO: Me comprometo a pasarle a mi hijo la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs 6.000.oo) como obligación de Manutención el cual le daré de manera personal a la madre de mi hijo.
SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación del mes de Agosto para la compra de útiles escolares, ropa, zapatos entre otros, nos comprometemos ambos padres a cubrir los gastos, y daré la más la mensualidad que me corresponde como obligación de manutención.
TERCERO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año me comprometo cubrir todos los gastos de Estrenos de Navidad sea navidad o Año nuevo, para mi hijo, más la mensualidad que me corresponde como obligación de manutención.
CUARTO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten mi hija, me comprometo a aportar el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, con los justificativos de orden de medicinas e informe medico.
QUINTO: Asimismo solicito a la madre de mi hijo que el Régimen de visita sea amplio de manera que como padre e hijo podamos compartir y disfrutar.
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