REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas
Barinas, dos de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO : EP21-S-2016-000024

Vista la diligencia suscrita en fecha 01 de los corrientes, por los ciudadanos Jesús Nicolás Indirago y Frangina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 23.028.413 y 20.601.561 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio Asdrúbal Piña Soles, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.296, mediante la cual desisten del presente procedimiento, por las razones que alegan; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, encontrando llenos los extremos a que se contraen los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada.

La Jueza,

Abg. Rosaura Mendoza Flores
El Secretario,


Abg. José Morillo Cadenas