REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Barinas, 12 de diciembre de 2016
206° y 157°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por los ciudadanos María Delberta Araujo De Toro Y Visitación Toro Fernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad, Nros V- 14.172.303, y V- 9.047.703, constante de dos (02) folios útiles, y anexos marcados: “A”, “B”, “C”, “D”, “E” y “F”, asistidos por la abogada en ejercicio Ana Elisabeth Urrieche Toro inscrita en le Inpreabogado bajo el Nº 145.791; con domicilio procesal en la Calle Camejo, Estadio Agustín Tovar La Carolina, Local 033, Municipio Barinas, Estado Barinas, mediante el cual solicita Título Suficiente de Propiedad, sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno ubicada en el Sector Caimital eje 6, Finca La Palmita, ubicado en la Parroquia Obispos, Municipio Obispos, Estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: terrenos ocupados por Eladio Márquez y Corina Bolaños; Sur: con vía caimital eje 6; Este: con vía caimital eje 6; Oeste: Terrenos ocupados por Eladio Márquez, con una superficie de Nueve Hectáreas con Ocho Mil Doscientos Setenta m2 (9. has 8270 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud, estima necesario realizar Inspección Judicial en la “Finca La Palmita”, ubicada en el Sector Caimital eje 6, Finca La Palmita, ubicado en la Parroquia Obispos, Municipio Obispos, Estado Barinas, en consecuencia, se fija para el día miércoles 14 de diciembre de 2.016, a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria Temporal.

AMALIA J. HERNÁNDEZ GÓMEZ.

Sol. Nº 316-16
LJM/ajhg/cs