REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 14 de Diciembre de 2016

206º y 157º

Vista la diligencia del 08/12/2016 suscrita por el ciudadano NICSON JOSE FLORES VARELA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.563.001, asistido en este acto por el abogado RAFAEL ARQUIMEDES RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.616, actuando en su condición de abogado de la parte demandante en la que solicita al ciudadano Juez se aboque al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad; en consecuencia, me aboco al conocimiento del mismo, por tanto, déjese transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho previsto en el articulo 90 del Código de Procedimiento Civil, contados a partir del día siguiente a que conste en autos la ultima notificación, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, se reanudara el asunto en el estado que se encuentra. Líbrese boletas de notificación a la parte demandada, despacho de comisión y oficio
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO


El Secretario Accidental,
CESAR SANCHEZ

En la misma fecha se libro boleta de notificación. Conste.



El Secretario Accidental

LJM/csf/cs
Exp. Nº JA1B-5.437-16