REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, trece de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO : EP41-J-2016-000621
SOLICITANTES: WILLIN ALEXANDER CORRALES Y GENESIS DEL VALLE GARCIA ACUÑA venezolanos, mayores de edad, CIV-16.126.533 y CIV-20.409.653, respectivamente
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES:

MOTIVO: Homologación de OBLIGACION DE MANUTENCION.

Admitida como ha sido la presente solicitud, por revisados los términos expuestos en dicho convenio, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA PARCIALMNTE el acuerdo suscrito por los ciudadanos : WILLIN ALEXANDER CORRALES Y GENESIS DEL VALLE GARCIA ACUÑA venezolanos, mayores de edad, CIV-16.126.533 y CIV-20.409.653, respectivamente por ante la Fiscalia Del Ministerio Publico, en beneficio de la niña , 02 años de edad; (04/11/2014) en los siguientes términos: “OBLIGACION DE MANUTENCION LA CANTIDAD DE 20.000 MIL BOLIVARES MENSUALES, A PARTIR DEL MES DE DICIEMBRE, COMO BONIFICACION ESPECIAL EN EL MES DE SEPTIEMBRE EL PADRE APORTRA EL 50 % DE LOS GASTOS DE UTILES Y UNIFORMES ESCOLARES, COMO BONIOFICACION ESPECIAL DE FIN DE AÑO EN EL MES DE DICIEMBRE, EL PADRE APORTARA EL 50 % DE LOS GASTOS DE VESTUARIOS, CALZADO Y REGALO DE NIÑO JESUS, ASI MISMO EL 50% DE MEDICOS Y MEDICINAS”. Indicándosele a las partes que la presente homologación confiere fuerza ejecutiva al referido acuerdo. Se acuerda el cese y archivo de las actuaciones Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales consignados previa certificación de autos por la Coordinadora de secretarias. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase.

Juez De Mediación Y Sustanciación El Secretario
Abg. DAYANA VIVAS GUIZA

Fecha de entrada: 07/12/2016