REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barrancas, 07 de diciembre del 2.016
206° y 157°
Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano: MARIO JOSE CAMACHO TORO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.061.493, domiciliado en el Barrio Buena Vista, al lado del sector Chiquinquirá, parcela El Topocho de San Antonio, vía Autopista, casa s/n, Parroquia Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, conforme a la cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de: OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.8.000.000.oo) cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, solicita se le declare bastante y suficientemente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes dichas. Fue acompañado Autorización expedida por la Sindicatura del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas. Este Tribunal considero que de la justificación aludida conforme a los testimoniales rendidos por los ciudadanos JESUS EMILIO GOMEZ, JOSE CLEMENTE CRESPO SARMIENTO y CASIMIRO TORO CAMACHO , debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: MARIO JOSE CAMACHO TORO, antes identificado sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías consistente en: una (01) casa unifamiliar, que tiene 6.00 mts de ancho o de frente y 7.00 mts de largo o profundidad, con un área de construcción de 42.00m2, construida con fundaciones en concreto y refuerzo metálico, vigas de riostras, losa de piso con acero de refuerzo en malla Tucson, columnas, vigas y correas de 100x100,120x60 y 80x40 respectivamente, techo en acerolit y cerramiento en bloques de concreto en acabado con mezclilla lisa y pintura de caucho, ventanas panorámicas y macuto, electricidad empotrada, aguas blancas y servidas empotradas, pisos en acabado de cerámicas en el baño y el resto de la vivienda en cemento pulido de color; Su distribución por área es de dos (2) habitaciones, una (1) sala recibo, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) porche, un (1) baño, los linderos están formados por cercas perimetrales de siete (7) pelos de alambre púa y alambre de malla gallinero, con poster o estantillos de madera y hierro y naranjillo como cerca viva , cinco (5) divisiones formadas con cinco (5) pelos de alambre púa y malla de alambre gallinero, poster o estantillos de madera toda el área sembrada de cultivos rotativo, yuca ,plátanos, topochos, maíz, caraotas, frijoles, ocumo y otros, árboles frutales; dos (2) perforaciones de cuatro (4) pulgadas cada una con sus respectivos sistema de riego; Vivienda en su total funcionamiento habitable en cien por ciento (100%) contando con todos los servicios básicos funcionando en su totalidad (electricidad, aguas blancas, aguas servidas, aseo urbano y vialidad. sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, constante de CUATRO (04) hectáreas con 1317 MTS2) y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: De las coordenadas 967833.00(norte) 377673.00(este), 967980.oo(norte) 377525(este),967917.00 (norte) 377471.00 (este) a las 967922.00 (oeste) 377464.00 (este) mejoras que fueron o son, del ciudadano Casimiro Toro; OESTE: De las coordenadas 967922.00 (norte) 377464.00 (este) a las 967847.00 (norte) 377375.00 (este) mejoras que fueron o son del ciudadano Ignacio Parada, de las 967847.00 (norte) a 377375.00 (este) a las 967759.00 (norte) 377485.00 (este), mejoras que fueron o son, del Ciudadanos Juan Paredes; SUR: De las coordenadas 967759.00 (norte) 377485.00 (este) a las 967693.00 (norte) 377554.00 (este), entrada y Vía Principal Barrio Chiquinquirá; ESTE: De las coordenadas, 967693.00 (norte) 377554.00 (este) a las 967833.00 (norte), ubicadas en el sector Buena Vista, Parroquia Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, el valor de las mejoras antes descritas es de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.8.000.000.oo). Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro diario. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
La Jueza

Abg. Maria Elena Briceño
El Secretario,

Abg. Juan Montes.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve Conste.-
El scrio, Montes

Solic. N° -072-16.-
MEB/vrrc