REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Socopó, 18 de Enero de 2016.
205º y 156º

De una revisión minuciosa de las actuaciones que conforman el presente expediente, se constató, que el mismo se encuentra en etapa de celebración de audiencia probatoria, y por cuanto no se formalizó la citación de la parte demandada para absolver posiciones juradas; es razón por la cual esta Instancia Agraria tomando en consideración las bases de las garantías fundamentales, del más alto orden como son las relativas al debido proceso, derecho a la defensa, sustentables como bases estratégicas para el buen desenvolvimiento en el proceso, contempladas en los artículos 2, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, considera necesario SUSPENDER la celebración de dicha audiencia, y establece que será fijada nueva oportunidad por auto separado. Diarícese. Cúmplase.



El Juez
Abg. Orlando José Contreras López


El Secretario
Abg. Luis F. Díaz


Exp. № A-0.093-14
OJCL/FD