REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Sabaneta, 26 de Enero de 2.016.-
205° y 156°

Sentencia Nº 07
Demandante: FERNANDEZ VIERA FRANCELIS.
Demandado: MORA V. ENDRI J.
Juicio: Obligación Manutención
Expediente: 15-514
Homologación de Convenimiento de pago
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del acto conciliatorio en el Juicio de Obligación de Manutención, bajo el Nº 15-514, intentado por: FERNANDEZ VIERA FRANCELIS, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 18.117.462, contra el ciudadano: MORA VIVAS ENDRI JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 18.117.764, donde el Obligado: MORA VIVAS ENDRI JOSE, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto el 50% de los Útiles Escolares y en el mes de Diciembre el 50% de la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero entregar personalmente a la madre de mis hijos. Expone la ciudadana: FERNANDEZ VIERA FRANCELIS: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Hendry Josué, de 11 años de edad y Ehivis Enmanuel de 03 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Veintiséis (26) días del Mes de Enero del Dos Mil Dieciséis. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-

LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS


LA SECRETARIA

Abg. ANNY DEBIA

En fecha: 26-01-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-

LA SECRETARIA

Abg. ANNY DEBIA
NAV/wf
EXP: 15-514