REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 05 de Febrero de 2016.
205º y 156º
Visto el escrito del 04/02/2016, presentado por el Abogado en ejercicio JOSÉ JAVIER RONDON QUIROZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.478, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada ciudadano JOSÉ ALEXANDER PEÑA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº, V-12.464.451, mediante la cual apela de la decisión dictada por este Juzgado Agrario el 27/01/2016 en la cual declara CON LUGAR la demanda de Servidumbre de Paso intentada por el ciudadano Domingo García Moreno , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-1.791.363, representado judicialmente por la abogado en ejercicio Ítala María Méndez Belandria, con Cédula de Identidad Nº V-11.193.048, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 202.047 en contra del ciudadano JOSÉ ALEXANDER PEÑA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.464.451. Ahora bien, este Tribunal a los fines de no cercenar el principio de la Doble Instancia y el Derecho a la Defensa y en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 175 y 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, interpretado con carácter constitucionalizante mediante decisión dictada en fecha 30 de mayo de 2013, expediente 10-0133, Nº 635, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, verificado que se cumple con lo señalado tanto por la norma como por la Sentencia, oye la misma en ambos efectos, y acuerda remitir al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, la totalidad del presente expediente contentivo de dos piezas (02) principales y un (01) cuaderno de medidas, la pieza signada con el número uno (01) constante de trescientos setenta y cuatro (374) folios útiles, la pieza signado con el número dos (02) constante de ciento siete (107) folios útiles, y el cuaderno de medidas constante de ciento noventa y cinco (195) folios útiles, a los fines de que conozca de la apelación ejercida. Expídase por secretaría el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el día siguiente a la culminación de los 10 días de Despacho para la publicación del extenso del fallo vale decir desde el 28/01/2016 hasta el jueves 04/01/2016, ambas fechas inclusive. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. ORLANDO CONTRERAS LÓPEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS F. DÍAZ
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, certifica que desde el 28/01/2016 hasta el jueves 04/01/2016 transcurrieron los siguientes días de despacho: Enero de 2016: 28, Febrero 2016: 01, 02, 03 y 04. Conste.-
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS F. DÍAZ
Exp. Nº A 0082-14
OCL/LD/SM.-
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