REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 02 de Febrero de 2.016.-
205° y 156°
Sentencia Nº 04
Demandante: RAMIREZ P. CANDIDO J.
Demandado: ORTUÑO CHIRINOS ELIZABETH.
Juicio: Obligación Manutención
Expediente: 16-572
Homologación de Convenimiento de pago
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del acto conciliatorio en el Juicio de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-572, intentado por: ORTUÑO CHIRINOS ELIZABETH, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.602.090, contra el ciudadano: RAMIREZ PEREZ CANDIDO JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 10.728.172, donde el Obligado: RAMIREZ PEREZ CANDIDO JOSE, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) Mensuales, mas SIETE MIL (Bs. 7.000,00) BOLIVARES, de la deuda de tres meses de manutención y quedaran pendiente dentro de quince dìas los SIETE MIL (Bs. 7.000,00) BOLIVARES, pendiente para un total de CATORCE MIL (Bs. 14.000.00) BOLIVARES correspondiente, y en el mes de Diciembre una bonificación doble más la mensualidad para un total de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00), para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero depositar en una cuenta de ahorro. Expone la ciudadana: ORTUÑO CHIRINOS ELIZABETH: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mi hija. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento y oficiar a la empresa a los fines de los descuentos de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Estefany Camila de 01 año de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Quince (15) días del Mes de Febrero del Dos Mil Dieciséis. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZA
DRA. NANCY ANGEL VARGAS
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
En fecha: 15-02-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
NAV/wf
EXP: 16-572
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