REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Barinas
Barinas, quince de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º

ASUNTO : EP21-V-2016-000001


Nro. 16-02-03.

Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de febrero de 2016, por la ciudadana Wafa Saab Saab, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.495.224, asistida por la abogada en ejercicio Yenny Elena Reverol Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.368, mediante la cual desiste del presente procedimiento de divorcio ordinario fundamentada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, intentada en contra del ciudadano Fraay Jesús Pérez Belandria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.110.076, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución del original cursante a los folios 08 y 09, ambos inclusive, previa su certificación en autos, insertándose al pie del documento que se devolverá copia certificada del presente auto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, a cuyos fines se ordena remitir a la Unidad de Acto de Comunicación de este Circuito Judicial Civil.


El Juez Segundo de Primera Instancia,


Abg. Enzo Antonio Mejías Díaz.

El Secretario,


Abg. Kleiber Gutiérrez.