REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Barinas
Barinas, dieciséis de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: EP21-V-2015-000032
Sent. Nº 16-02-05.
Visto el escrito presentado en fecha 12 de febrero de 2016, por el ciudadano Cirilo Antonio Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 8.136.702, asistido por el abogado en ejercicio Gelson Ivan Baez Tariffe, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 174.816, mediante la cual desiste de la presente Demanda de divorcio ordinario fundamentada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, intentada en contra de la ciudadana Iveth Correa de Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.968.423, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento, y le da valor de cosa juzgada.
El Juez Segundo de Primera Instancia,
Abg. Enzo Antonio Mejías Díaz.
El Secretario,
Abg. Kleiber Gutiérrez
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