REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN LOS ANDES
BARINAS, 12 DE JULIO DE 2016
205° y 157°

Vistas las pruebas promovidas en la oportunidad legal correspondiente por el abogado Carlos David Contreras Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.436, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, este Juzgado Superior pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Se admite las documentales promovidas en el referido escrito, en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, por cuanto se observa que estas reposan en autos, se ordena mantenerlas en el expediente.

LA JUEZA PROVISORIA,
FDO.
MAGGIEN KATIUSCA SOSA CHACÓN.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
FDO.
PEDRO ARTIGAS.
MKSC/pa/ds
Expediente Nº 9683-2015