EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, siete (07) de junio de dos mil dieciséis
206º y 156º
ASUNTO: EP11-L-2014-000177
DEMANDANTE: JUAN JOSE ROJAS BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 9.254.221, de este domicilio y civilmente hábil.
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: abogado JIMMY CARRERO, inscritos en el IPSA bajo el Nro.143.595
DEMANDADA: COMPLEJO AGROINDUSTRIAL AZUCARERO EZEQUIEL ZAMORA S.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 26 de Abril de 2002 bajo el Nro.58, Tomo 2-A.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANADADA: NO CONSTITUYÓ
En el día de hoy, martes siete (07) de junio de 2016, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada por este juzgado para que tenga lugar la celebración de la primigenia Audiencia Preliminar, se deja constancia se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, de la misma manera se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja expresa constancia que por cuanto la parte demandante no hizo acto de presencia el mismo ni apoderado judicial alguno que lo represente. En este sentido, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara desistido el procedimiento y terminado el proceso de conformidad con el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en consecuencia se declara el desistido el procedimiento y terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez
Abg. Luis Eduardo Camejo
La Secretaria,
Abg. Arelis Molina
En misma fecha se publicó la anterior decisión. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Arelis Molina
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