REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 22 de Junio de 2.016.-
206° y 157°
Sentencia Nº 04
Demandante: BETANCOURT Q. JESUS M.
Demandado: COLMENARE Q. GLORIANNY C.
Juicio: Fijación de Obligación Manutención
Expediente: 16-597
Homologación de Convenimiento de pago
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-597, intentado por: BETANCOURT QUEVEDO JESUS MANUEL, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.239.193, contra la ciudadana: COLMENARE QUINTERO GLORIANNY CAILETH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 24.359.945, donde el Solicitante: BETANCOURT QUEVEDO JESUS MANUEL, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) Mensuales, y en el mes de Diciembre le comprare el 50% de la ropa decembrina y los juguetes, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, y dichas cantidades las quiero depositar en una cuenta de ahorro que el Tribunal ordene aperturar. Expone la ciudadana: COLMENARE QUINTERO GLORIANNY CAILETH: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mi hijo. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Jhonnier Jesus, de 03 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Veintidós (22) días del Mes de Junio del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA
DRA. NANCY ANGEL VARGAS
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
NAV/wf
EXP: 16-597
En fecha: 22-06-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA
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