REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 23 de Mayo de 2.016.-
206° y 157°

Sentencia Nº 36
Demandante: FERNANDEZ LISBETH ONEIDA.
Demandado: NAVAS LACRUZ ILDEMARO.
Juicio: Fijación de Obligación Manutención
Expediente: 16-601
Homologación de Convenimiento de pago


Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-601, intentado por: FERNANDEZ LISBETH ONEIDA, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.646.045, contra el ciudadano: NAVAS LACRUZ ILDEMARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 14.739.503, donde el Obligado: NAVAS LACRUZ ILDEMARO, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto los útiles escolares y en el mes de Diciembre la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, y dichas cantidades las quiero entregar personalmente a la madre de mis hijos. Expone la ciudadana: FERNANDEZ LISBETH ONEIDA: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Johan David, de 13 años de edad, Yohander Jose de 12 años de edad, Daysimar Carolina de 09 años de edad, Cristian Manuel de 07 años de edad y Gonder Alexander de 04 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Veintitrés (23) días del Mes de Mayo del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA

DRA. NANCY ANGEL VARGAS
LA SECRETARIA
Abg. ANNY DEBIA



En fecha: 23-05-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:30 a.m. Conste.-

LA SECRETARIA

Abg. ANNY DEBIA