REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN LOS ANDES
BARINAS, 17 DE MAYO DE 2016
206º y 157º

Visto el escrito presentado por el abogado Jesús Gerardo Febres-Cordero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.133, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana Yadira Betsabe García Villafañe, titular de la cédula de identidad Nº V-8.143.975, contra la Gobernación del Estado Barinas, mediante el cual reforma el recurso interpuesto, este Juzgado Superior, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343, del Código de Procedimiento Civil –aplicable supletoriamente al caso bajo estudio de acuerdo a los previsto en el artículo 111, de la Ley del Estatuto de la Función Pública- admite dicha reforma, en cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia se ordena notificar a la ciudadana Procuradora General del Estado Barinas, de la admisión de la reforma.

La parte demandante deberá consignar los fotostatos necesarios para ser anexado a la notificación aquí ordenada.
LA JUEZA PROVISORIA,
FDO.
MAGGIEN KATIUSCA SOSA CHACÓN.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
FDO.
PEDRO ARTIGAS.
MKS/pa/mm
Exp. N° 9720-2015