REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: EP11-S-2016-000046

PARTE OFERENTE: PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 25, Tomo 20-A SGDO, de fecha 11 de octubre de 1993..
APODERADOS JUDICIALES: abogados ROGER ELY CARTAY GILLY, ANDRES LEONARDO ALBARRAN RIVAS, RAMSES RICARDO GOMEZ SALAZAR, ALCIDE RAMON URBINA GARCIA, SILVIA YOHANNA BUSTAMANTA MATUTE, JOSE MANUEL PADRON SILVA, EDELMIRA SULEIKA MENDOZA GRATEROL, AURILEIDY COROMOTO VALES VASQUEZ, VICTOR ANDRES GARCIA HERRERA y JULIMAR DE LA CRUZ MORENO FUENTES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 88.744, 88.542, 91.010, 90.961, 93.450, 143.051, 184.132, 197.626, 228.320 y 251.337, en su orden..
PARTE OFERIDA: LOPEZ QUINTERO JOEL ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.190.496.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, lunes 28 de noviembre de 2.016, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de audiencia preliminar, hacen acto de presencia la parte oferente la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A, representada por su apoderado judicial abogado ANDRES LEONARDO ALBARRAN RIVAS, plenamente identificado en autos; por otro lado, se deja constancia de la incomparecencia de la parte oferida ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno que lo represente. Seguidamente, este Tribunal le concede el derecho de palabra al apoderado del oferente el cual manifiesta que insiste en la Oferta presentada, por consiguiente este Tribunal ya que existe una orden para la apertura de una cuenta mantiene la misma y da por terminada la presente audiencia. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara la TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE OFERTA REAL DE PAGO, Regístrese, publíquese y déjese copia. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal;

Abg. Nubia Domacase

Apoderado Judicial de la parte oferente

Abg. Andrés Leonardo Albarrán Rivas

El Secretario;

Abg. Jhonny Vela