REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 21 de Noviembre del dos mil dieciséis (2016).
206º y 156º
Visto el escrito de solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria, presentada el 11/11/2016 por el ciudadano NILSON ILDEMAR HERNANDEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.859.625, asistidos por el Abogado en ejercicio YIME CALDERON PEÑARANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.866.940, inscrito en el inpreabogado bajo el N°111.891, respectivamente, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, ADMITE la solicitud de Medida de Protección, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de inspección judicial en el predio denominado “FINCA EL FORASTERO”, con una extensión aproximadamente de NUEVE HECTAREAS CON UN MIL NOVECIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (9 has con 1.905 M2), ubicada en el sector La Paz Miri Arriba, Parroquia Nicolás Pulido, Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Terrenos que son o fueron ocupados por Hacienda los Naranjos, Sur: Terrenos que son o fueron ocupados por Víctor Hernández Devia y Carlos Contreras, Este: Terrenos que son o fueron ocupados por Hacienda Los Naranjos y Carlos Contreras, Oeste: Terrenos que son o fueron ocupados por Hacienda Los Naranjos y Víctor Hernández. La cual se fija para el día viernes veinticinco (25) de Noviembre de 2016, a las ocho y treinta minutos de la mañana, (08:30 am); en tal sentido, se hace saber que el practico que acompañe al Tribunal será juramentado en la oportunidad del traslado en cuestión. Por ultimo, se acuerda oficiar, a la Dirección Administrativa Regional Barinas, a los fines de que facilite un vehiculo para el traslado del Tribunal y al Ingeniero José Domingo Duque a los fines de que funja como practico en la Inspección Judicial. Líbrese oficios.


EL JUEZ,
ABG. ORLANDO CONTRERAS.

EL SECRETARIO,
Abg. LUÍS FERNANDO DÍAZ.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.

EL SECRETARIO
Abg. LUÍS FERNANDO DÍAZ.
EXP: Nº A-0.214-16
OCL/LFD/mp