REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 16 de Noviembre de 2.016.-
206° y 157°

Demandante: RIVEROS H. GENARINA C.
Demandado: AGUILAR LUIS ALBERTO.
Juicio: Revisión de Obligación Manutención
Expediente: 16-659
Homologación de Convenimiento de pago
Sentencia Nº 09

Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-659, Intentado por: RIVEROS HERNANDEZ GENARINA DEL CARMEN, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 22.685.061, contra el Ciudadano: AGUILAR LUIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 20.100.607, donde el Obligado: AGUILAR LUIS ALBERTO, Expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto el 50% de los útiles escolares y en el mes de Diciembre el 50% de la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las entregare personalmente. Expone la Ciudadana: RIVEROS HERNANDEZ GENARINA DEL CARMEN: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) Hijo (s): Alberth Manuel, de 07 años de edad y Luís Manuel de 06 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Dieciséis (16) días del Mes de Noviembre del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-

LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA

NAV/wf
EXP: 16-659


En fecha: 16-11-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-




EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA