REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 02 de Noviembre de 2.016.-
206° y 157°
Demandante: SEQUERA L. MARIANA V.
Demandado: DELGADO B. RULES G.
Juicio: Fijación de Obligación Manutención
Expediente: 16-625
Homologación de Convenimiento de pago
Sentencia Nº 01
Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-625, Intentado por: SEQUERA LEAL MARIANA DEL VALLE, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 28.120.570, contra el Ciudadano: DELGADO BAPTISTA RULES GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 23.034.766, donde el Obligado: DELGADO BAPTISTA RULES GUILLERMO, expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) Mensuales, y en el mes de Diciembre una bonificación doble más la mensualidad para un total de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, y dichas cantidades las quiero depositar o entregar a la madre de mi hija. Expone la Ciudadana: SEQUERA LEAL MARIANA DEL VALLE: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mi hija. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento y en caso que no deposite que le sea descontado por nomina la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) Hijo (s): Ruismairy Estefani de 05 meses de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Dos (02) días del Mes de Noviembre del Dos Mil Dieciséis. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA
DRA. NANCY ANGEL VARGAS
EL SECRETARIO
Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA
NAV/wf
EXP: 16-625
En fecha: 02-11-2.016, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-
EL SECRETARIO
Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA
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