REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Libertad, 25 de Noviembre de 2016
206° y 157°
EXPEDIENTE: Nº 045-16
PARTE DEMANDANTE: ARNOLDO JOSE GUTIERREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.384.731, obrero fijo de alcaldía del Municipio Rojas del estado Barinas,
PARTE DEMANDADA: TERESA YAKELINE MIRABAL, venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nº V-15.384.669, obrera contratada de la Alcaldía del Municipio Rojas del estado Barinas,
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION.
Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva
Visto el Convenimiento suscrito en fecha 22-11-2016, por los ciudadanos: ARNOLDO JOSE GUTIERREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.384.731, obrero fijo de alcaldía del Municipio Rojas del estado Barinas y la ciudadana: : TERESA YAKELINE MIRABAL, venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nº V-15.384.669, obrera contratada de la Alcaldía del Municipio Rojas del estado Barinas el primero de ellos expone:
“El primero de ellos, ciudadano: ARNOLDO JOSE GUTIERREZ GOMEZ, antes identificado; realizo ofrecimiento voluntario por ante este juzgado en fecha veinticinco (25) de octubre de Dos Mil dieciséis (2016), a lo que la ciudadana: TERESA YAKELINE MIRABAL, antes identificada; manifestó: “Estoy de acuerdo con el ofrecimiento realizado por el padre de mi hija en todos y cada uno de sus términos y En cuanto a la mensualidad acepto la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 8.000,00). 2) en el mes de AGOSTO me comprometo a comprarle los útiles y uniformes escolares.3) y como Bonificación Especial de Fin de año correspondiente al mes de DICIEMBRE, acepto que el padre de mi hija realice la compra de lo necesario para el 24 y yo como madre me comprometo a comprarle lo necesario para el 31, en cuanto a ropa, calzado y juguete, ambos de común acuerdo establecemos que el Régimen de Convivencia Familiar hasta, así mismo establecemos el Cincuenta por ciento (50%) de los gatos médicos y por medicamentos. Se ordena la apertura de la cuenta de ahorro a los fines q el padre realice los depósitos mensuales aquí convenidos que será depositada en la cuenta Bancaria que este Tribunal ordene aperturar a dicho efecto”. Ambos solicitan que se homologue el presente acuerdo y se archive el expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.”
Del análisis del presente convenimiento, quien aquí decide, observa que del mismo se desprende que los términos pactados en el mismo no son contrarios al orden público, ni a disposición expresa de la Ley y no vulnera en modo alguno aspectos esenciales y atinentes al Interés Superior de la niña ya que el mismo versa sobre derechos disponibles; En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, por estimar que el referido Convenimiento, va en beneficio de los intereses superiores de la niña: (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte Formal HOMOLOGACIÓN al referido Convenimiento de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con la excepción contenida en el artículo 384 ejusdem, otorgándosele a ésta declarativa el carácter de fuerza ejecutiva.
Se ordena librar oficio al Gerente del Banco de Venezuela a los fines de que se aperture cuenta de ahorro a favor de la ciudadana: TERESA YAKELINE MIRABAL, antes identificada.
Se ordena el archivo del presente expediente para su guarda y custodia, al Archivo Judicial Inactivo de esta Circunscripción Judicial. Y así se declara.
Regístrese, publíquese y expídanse las Copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En Libertad a los Veinticinco (25) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016). Año 205° de la Independencia y 156° de la Federación. EL JUEZ TEMPORAL Fdo (ilegible) Abg. REINALDO BARAZARTE. LA SECRETARIA TEMPORAL Fdo (ilegible) Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES. Esta impreso el sello húmedo utilizado en este despacho judicial. En esta misma fecha, siendo las 11:30 a.m. se Registró y Publicó la anterior Sentencia, dejándose copia de la misma para el archivo del Tribunal. LA SECRETARIA TEMPORAL. Fdo (ilegible) Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES. Esta impreso el sello húmedo utilizado en este despacho judicial Quien suscribe, Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES, titular de la cédula de identidad Nro. 15.463.234, Secretaria Temporal del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, CERTIFICA: Que la anterior copia es traslado fiel y exacto de su original que cursa en el expediente Nº 045-16, contentivo de la solicitud de OFRECIMIENTO DE FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por los ciudadanos: ARNOLDO JOSE GUTIERREZ GOMEZ y la ciudadana: TERESA YAKELINE MIRABAL. Certificación que se expide por aplicación analógica de los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Libertad, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de Dos Mil Dieciséis.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES.-
RBP/maf.-
Exp. 045-16
EL JUEZ TEMPORAL
Abg. REINALDO BARAZARTE P.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES.
RBP/Lc.-
Exp. Nº 028-16
En esta misma fecha se publico la anterior sentencia, siendo las 11;30 a.m. . Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. MARIA ALEJANDRA FLORES.
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