REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
De Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, Diez de Noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
EH41-J-2016-000293

DEMANDANTE: JHONNY JOSE BELANDRIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.114.774.-
DEMANDADO: LILIBETH LEIVA LOZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.829.373.
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES:

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Examinadas las actas procesales que conforman el presente expediente, y vista la incomparecencia de las partes JHONNY JOSE BELANDRIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.114.774 y LILIBETH LEIVA LOZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.829.373. a la audiencia preliminar en jurisdicción voluntaria en la fase de Sustanciación, es por lo que este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN del CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Barinas, CON SEDE EN la Ciudad de Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de conformidad con lo previsto en el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Declara desistido el proceso, y terminado. Siendo que este desistimiento declarado extingue la instancia, no pudiendo la parte solicitante volver a presentar su solicitud antes que transcurra un mes, se ordena el CIERRE del presente expediente y su remisión al depósito del archivo judicial, se acuerda el desglose de los originales, dejando en su lugar copias certificadas. Cúmplase. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En Barinas, a los Diez (10) días del mes de Noviembre de Dos Mil dieciséis (2016). Año 26° de la Independencia y 157° de la Federación.