REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO : EH41-V-2015-000292

DEMANDANTE, LUISA UREÑA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.868.002.-
DEMANDADO: DELIS EDGAR NOGUERA PRIETO
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES:
MOTIVO: Acción Mero Declarativa
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Examinadas las actas procesales que conforman el presente expediente, iniciado en fecha 07/09/2015, y vista la incomparecencia a la audiencia preliminar en fase de Sustanciación, del motivo Acción Mero Declarativa, fijada en fecha 28/10/2016, para el día miércoles 16/11/2016, a la 10:00 am, acción suscrita por la ciudadana LUISA UREÑA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.868.002, en contra del ciudadano DELIS EDGAR NOGUERA PRIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-16.333.610, es por lo que este Tribunal Cuarto De Primera Instancia De Mediación Y Sustanciación Del Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de conformidad con lo previsto en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, desistido el procedimiento, y terminado . Siendo que este desistimiento extingue la instancia, no pudiendo la parte solicitante volver a presentar su solicitud antes que transcurra un mes, se ordena el CIERRE del presente expediente y su remisión al depósito del archivo judicial, se acuerda el desglose de los originales, dejando en su lugar copias certificadas. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En Barinas, a los dieciocho (18) días del mes de Noviembre de Dos Mil Dieciséis (2016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION
SUSTANCIACION Y EJECUCION



En horas de despacho del día de hoy, se publicó y registró la anterior decisión, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal.

EL SECRETARIO,