REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, seis de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: EP11-S-2016-000038
ACTA
PARTE OFERENTE: Corporación Socialista Barinesa de Infraestructura, S.A (Corsobain), inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Barinas 17 de abril de 2007 con el número 34, Tomo 16-A.
APODERADO DE LA PARTE OFERENTE: Abogada Bannie Carolina Blondell Calvo, titular de la cédula de identidad número V.-12.554.329 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 143.469.
PARTE OFERIDA: Ciudadano Edwuar Javier Morillo Cadenas, titular de la cédula de identidad número V.-19.612.224, quien no constituyó representación.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.
En el día de hoy, seis de octubre de dos mil dieciséis (06/10/2016), siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana (10:30 a. m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia fijada a los fines de la entrega del cheque consignado por la Corporación Socialista Barinesa de Infraestructura, S.A (Corsobain) a favor del ciudadano Edwuar Javier Morillo Cadenas, no comparecen las partes intervinientes, ni por si ni a través de apoderado judicial. Ante tal circunstancia, y tratándose este procedimiento de jurisdicción voluntaria, el trabajador mantiene el derecho de retirar la cantidad consignada y el Tribunal ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la apertura de una cuenta de ahorros a nombre del oferido con el cheque resguardado, y una vez el trabajador retire sus haberes, se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo
La Secretaria,
Abg. Arelis Molina
TC.-
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