REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 28 de Octubre de 2016.
206º y 156º
Vencido como se encuentra íntegramente el lapso de apelación sin que las partes hicieran uso de tal derecho, éste Tribunal, declara definitivamente FIRME la sentencia dictada el 13/10/2016, asimismo se ordena el cierre del presente asunto y su remisión al Archivo Judicial Inactivo en la oportunidad correspondiente. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez,
Abg. ORLANDO CONTRERAS LÓPEZ.
EL SECRETARIO,
Abg. LUÍS FERNANDO DÍAZ.
Exp: A-0.132-15
OCL/LFD.-