REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal con Competencia en DVM Tribunales de Primera Instancia en funciones de Control, Estado Barinas
Barinas, 29de octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-M-2013-000008
ASUNTO : EP01-M-2013-000008
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
DE SOBRESEIMIENTO EN VIRTUD DE SOLICITUD FISCAL
Visto el escrito presentado por la Fiscalía el Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de los ciudadanos: 1) KER DOUGLAS MANZANILLA MADROÑERO (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION); y Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 2) MIGUEL ANGEL GARRIDO DELGADO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11,710.297 , Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 3) AQUILES RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.548.390, de 31 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 4) CESAR RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.406.804, de 22 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 5) ALEXIS COROMOTO BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.945.519, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Y 6) OTTO GARCIA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.062.041. Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION), por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ELSY COROMOTO GONZALEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V.-4.929.890, ama de casa, residenciada en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas; teléfono de ubicación; 0273-5115608, de conformidad con lo señalado en el artículo 300. 4, en concordancia, con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 302 y 111.7 numeral del Código Orgánico procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108.5 del Código penal, este Tribunal para resolver observa lo siguiente:
La presente causa penal se inicio en fecha 26/02/2013, en virtud de la denuncia formulada por la Ciudadana ELSY COROMOTO GONZALEZ, ya Identificada, dándose por notificado el tribunal de control Nº 01 Juez de Primera Instancias en Funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal de Violencia inicio de investigación en contra de los ciudadanos; 1) KER DOUGLAS MANZANILLA MADROÑERO (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION); y Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 2) MIGUEL ANGEL GARRIDO DELGADO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11,710.297, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 3) AQUILES RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.548.390, de 31 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 4) CESAR RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.406.804, de 22 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 5) ALEXIS COROMOTO BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.945.519, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Y 6) OTTO GARCIA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.062.041. Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION),por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELSY COROMOTO GONZALEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V.-4.929.890, ama de casa, residenciada en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas; teléfono de ubicación; 0273-5115608. El tribunal analiza los fundamentos fiscales:
La representación Fiscal, fundamentó su solicitud de sobreseimiento en el contenido del numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, indicando que: esta representación fiscal luego de practicarse todas las diligencias concluye que no existen suficientes elementos de convicción que determine la veracidad de lo ocurrido y de intención que tuviera el hoy investigado para presumir que el mismo pudiera haber causado daño alguno a la victima puesto que no hay testigos que pudieran constatar el hecho denunciado.
Observa este Tribunal que, ciertamente, de las actas que conforman la presente causa resulta de manera inoficioso continuar con una investigación que no arrojará distintos resultados; siendo procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido al ciudadano WISTON GOMEZ (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION); a tenor de lo establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, Asimismo, cesa cualquier medida de protección y de seguridad, así como cautelar que se hubiere dictado durante el transcurso del proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 301 eiusdem. Y ASÍ SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de los ciudadanos; 1) KER DOUGLAS MANZANILLA MADROÑERO (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION); y Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 2) MIGUEL ANGEL GARRIDO DELGADO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11,710.297, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 3) AQUILES RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.548.390, de 31 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 4) CESAR RODRIGUEZ BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.406.804, de 22 años de edad, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, 5) ALEXIS COROMOTO BURGOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.945.519, Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, (SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION) Y 6) OTTO GARCIA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.062.041. Residenciados en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas, SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION), por la presunta comisión del delito AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELSY COROMOTO GONZALEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V.-4.929.890, ama de casa, residenciada en la Urbanización; Terrazas del Caipe, calle Uribante, frente a la casa 154, Barinas Estado Barinas; teléfono de ubicación; 0273-5115608, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 3 y 109 del Código Penal. SEGUNDO: Se decreta el CESE de la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad que había sido impuesta al imputado de autos, al inicio del presente proceso penal, acordando en su lugar la libertad plena a favor de los Ciudadanos: KER DOUGLAS MANZANILLA MADROÑERO, MIGUEL ANGEL GARRIDO DELGADO, AQUILES RODRIGUEZ BURGOS, CESAR RODRIGUEZ BURGOS, ALEXIS COROMOTO BURGOS y OTTO GARCIA; TERCERO: Decreta el CESE de las Medidas de Protección y seguridad impuestas en la oportunidad legal a favor de la victima. CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente Resolución. Se acuerda librar oficio a la Asesoria Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la ciudad de Caracas a los fines que actualice estatus de reseñas policiales Informando sobre la presente decisión. Se ordena su Remisión al Archivo de Asunto en Trámite para su resguardo y posterior traslado al Archivo Sede. ASI SE DECIDE. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.-
LA JUEZA (T) EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01
ABG. VIOLETA BRICEÑO SANTOS
EL SECRETARIO
ABG: JOFROY ORELLANO
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