REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Santa Rosa 11 de Octubre de 2016.
206º y 157º


EXPEDIENTE: N° OM-082-16.-
PARTE DEMANDANTE: NORAIMA JESUS FRANCY
PARTE DEMANDADA: PEDRO RAMON RAMIREZ VIÑA.
MOTIVO: HOMOLOGACION A CONVENIMIENTO DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-


NARRATIVA
 Visto el Convenimiento voluntario suscrito en fecha TRES (03) de Septiembre del 2016 siendo las 10:20 am por los ciudadanos: PEDRO RAMON RAMIREZ VIÑA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.058.994, S/N de celular y señalo como su domicilio a los efectos de su citación 1) En el Sector Las cocuizas a 100mts de la Empresa Socialista Pedro Camejo de la parroquia Santa Rosa, del Municipio Rojas del Estado Barinas, y la ciudadana: FRANCY NORAIMA JESUS, Venezolana, Mayor de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.839.283, TELF.0426-9737757, domiciliada en el Barrio La Manga c/c Zamora, cerca de la profesora Paula Mercado de la parroquia Santa Rosa, del Municipio Rojas del Estado Barinas, a los fines de llegar al presente convenimiento de obligación de manutención en beneficio de sus hijas: (se omite la identidad de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA), donde le primero de ellos manifestó realizar el presente acuerdo: ofrezco a favor de mis hijas: ya identificadas en autos la cantidad de: PRIMERO: La cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs 10.000.oo), mensuales a partir del último del mes de Octubre, estimando la situación económica que del ciudadano: PEDRO MANUEL RAMIREZ VIÑA, antes identificado por cuanto no tiene un trabajo fijo. El cual entregare a la madre de mis hijas y deberá firmar un recibo. SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación Especial del mes de agosto para la compra de útiles escolares, uniformes, el ciudadano antes identificado se compromete a comprarle los zapatos escolares


a la niña ANJELITH DIOSMER RAMIREZ FRANCY de siete (07) años respectivamente, así mismo deja constancia que en lo que el pueda económicamente seguirá ayudando económicamente a sus dos hijas. TERCERO: En cuanto a la Bonificación de Fin de Año me comprometo a cubrir todos los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo, de acuerdo a la situación económica en que me encuentre. CUARTO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten mi hija, me comprometo a aportar el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, con los justificativos de orden de medicinas e informe medico. QUINTO: Asimismo solicito a la madre de mis hijos que el Régimen de visita continúe como hasta ahora se ha hecho. En este estado presente la madre solicitante la ciudadana: NORAIMA JESUS FRANCY antes identificada, manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el ciudadano: PEDRO RAMON RAMIREZ VIÑA, en todo y en cada uno de los términos antes descritos y solicita que se homologue el presente convenimiento y se archive el expediente. Todo termino, se leyó, conformen firman.