REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas
Barinas, dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO : EP21-S-2016-000536

Vista la diligencia suscrita en fecha 12 de agosto del año en curso, por la ciudadana Liseth Carolina Nieves Mota, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.424.028, asistida por el abogado en ejercicio José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.449, mediante la cual en su parte final, manifiesta desistir de la presente solicitud de declaración de únicos y universales herederos, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen los artículos 264 y 265 eiusdem, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada.

En cuanto a la petición de que le sea entregada la solicitud con todos sus anexos en el estado que se encuentra, este órgano jurisdiccional niega tal pedimento, dado que el presente asunto no alcanzó su fin, y por tanto no fue debidamente cumplido.

La Jueza,

Abg. Rosaura Mendoza Flores
El Secretario,


Abg. José Morillo Cadenas