REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 03 de Abril 2017
206º y 158º

Vista la diligencia suscrita por el abogado Elvis A. Rosales N., apoderado judicial de la parte actora cursante al folio 105, en la cual solicita pronunciamiento sobre la medida cautelar solicitada; en este sentido se acuerda abrir cuaderno separado de medida en el que se decidirá sobre la misma, al cual se le anexará copia certificada del escrito de la demanda y de la decisión interlocutoria sobre la admisión, advirtiéndosele a la parte actora que la referida apertura se hará una vez conste en autos la consignación de las copias por parte del demandante para su debida certificación por esta instancia agraria de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las mencionadas copias se autoriza suficientemente al Alguacil de este Tribual, ciudadano Hugo Ramírez.
El Juez,

LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.

La Secretaria
JENNIE W. SALVADOR PRATO

LJM/ JWSP/ah.
Exp. Nº JA1B-5.525-16